Inviabilidad del proyecto minero en Salave

By diciembre 31, 2025enero 15th, 2026Legal, Noticias, Proyectos

Este artículo es muy claro. Todo lo demás es marear la perdiz y vender humo: EL PROYECTO ES ILEGAL.

Además es destructivo e insostenible desde cualquier otro punto de vista (social, ambiental, económico, …).

Ordenación del Territorio ve inviable la mina de oro de Salave al vulnerar el plan urbanístico de Tapia y el del litoral asturiano

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Ordenación del Territorio ve inviable la mina de oro de Salave al vulnerar el plan urbanístico de Tapia y el del litoral asturiano

El director general Ignacio Ruiz Latierro negó que la sentencia del Tribunal Supremo esgrimida por la promotora avale la explotación y reprochó a los impulsores un «trato displicente y manipulador» hacia los asturianos

l director general de Ordenación del Territorio, Ignacio Ruiz Latierro, considera inviable el proyecto de la mina de oro de Salave (Tapia de Casariego) al considerar que «incumple la normativa urbanística local, el Plan de Ordenación del Litoral Asturiano (POLA) y la Ley de Proyectos de Interés Estratégico del Principado (PIER)». El responsable autonómico negó que la sentencia del Tribunal Supremo esgrimida por la promotora avale la explotación y reprochó a los impulsores un «trato displicente y manipulador» hacia los asturianos.

Latierro subraya que el fallo del Supremo invocado por los promotores recuerda que la prohibición de actividades mineras en la costa se remonta a 1994, con las directrices sectoriales de la Franja Costera, y que el POLA no introdujo una condición nueva. Apunta, además, que el propio Tribunal alude a la Ley de Minas para impedir prohibiciones genéricas «no motivadas», lo que permite vetos cuando están debidamente justificados, como en la normativa asturiana de protección litoral.

En declaraciones a LA NUEVA ESPAÑA, Latierro asevera que un expediente reciente ya fue archivado por la consejería competente en Industria y Minería tras el informe del Ayuntamiento de Tapia de Casariego que motivó la incompatibilidad urbanística del plan. A su juicio, la pretensión de tramitar el proyecto como PIER es «claramente irregular», ya que la norma busca «captar nuevas inversiones y no reabrir iniciativas con resoluciones desfavorables».

Además, recalca que la ley impide asentar proyectos en suelos no urbanizables de especial protección y en suelos no urbanizables de costas «salvo que estén directamente vinculados a actividades marítimas».

Las declaraciones de Latierro se producen tras un comunicado de los promotores de los promotores defendiendo la compatibilidad del proyecto con el POLA y amparándose en una sentencia del SupremoSegún el director general, ese argumento «no se sostiene ni desde el punto de vista jurídico ni urbanístico».

Latierro señala que, conforme a la documentación empresarial, la vida útil de la explotación sería de trece años y que la entrada de un 30% de capital asturiano en la sociedad promotora «no altera» la aplicación de la ley. Además, recalca que la tramitación del proyecto como PIER recibió «cientos de alegaciones en contra» y que la promotora comunicó una renuncia a su solicitud «a expensas de mejorar documentación», una maniobra que califica de «ajena a la ley» y considera que «queda pendiente la denegación de la solicitud por parte de la Agencia Sekuens».